El Colegio de Abogados de Santa Fe rechaza los proyectos referidos a las Sucesiones Notariales y Divorcios Adminisitrativos, POR ABSURDOS:
Debemos poner de resalto que tales proyectos, en caso de prosperar, traerían aparejados graves inconvenientes, a saber: mayores costos para la ciudadanía; pérdidas de tiempo; aumento de la burocracia; vulneración de derechos, afectación de las garantías constitucionales e inseguridad jurídica.
En segundo término, en la actualidad, la obligatoriedad de la intervención de abogados/as y jueces no es caprichosa, sino que tiene como fundamento la necesidad de resguardar el orden público (cuestiones que tienen que ver con el correcto funcionamiento de la vida en sociedad) y velar por la defensa de los derechos de las personas, en particular, de los más necesitados.
Dichas circunstancias no pueden ser ignoradas por los legisladores al momento de emitir sus votos.
1.- En relación a la incorporación del divorcio administrativo, el proyecto no tiene en consideración: el destino de los bienes; la presencia de hijos menores, el régimen de alimentos, el cuidado personal (antes, “tenencia”); el deber de comunicación (antes, “régimen de visitas”); circunstancias donde existe un único sostén económico y el otro dedica más horas al cuidado de los hijos; la situación del cónyuge más débil cuya firma de divorcio ante la Administración-Registro Civil podría acarrearle pérdidas irreparables de derecho (por ej: compensación económica, que tiene plazo de caducidad de 6 meses para reclamar.).
2.-En relación a las Sucesiones Notariales: Su eventual implementación no soluciona la congestión de causas en tribunales, no asegura mayor celeridad ni menores costos.
El único órgano capaz de velar por el cumplimiento de la ley es el Poder Judicial.
El Escribano/a va a actuar a la orden de quien lo contrata, perdiéndose afectar los derechos de herederos y acreedores.
A su vez, aumentarán los costos: gastos de escritura, tasas, honorarios de los escribanos y de los profesionales del derecho, y si surgiera alguna controversia durante la tramitación del proceso, se deberá suspender la tramitación y remitirse las actuaciones al Juez competente. Todo ello multiplicará los honorarios y tiempos.
Instamos a que los tratamientos de reformas se hagan en el marco de un debate serio y responsable. EXHORTAMOS A RECHAZAR DICHAS INICIATIVAS.
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